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El hecho histórico
Contra nuestro cliente, un ciudadano libanés, se emitió una notificación roja Interpol sobre la base de una orden de detención internacional emitida por las autoridades judiciales libanesas, que habían aplicado una condena penal contra él por haber emitido un cheque en el Líbano por valor de 413.000 USD sin cobertura financiera.
Debe saber, en primer lugar, que a través del sistema de notificación roja Interpol, se busca internacionalmente a una persona contra la que se ha dictado una condena o una medida cautelar con el fin de garantizar su detención y posterior entrega a través del instrumento de la orden de detención europea o de los procedimientos de extradición.
De hecho, la notificación roja Interpol se había emitido contra nuestro cliente sobre la base de la orden de detención internacional emitida por el Líbano, a la luz de una condena penal que nuestro cliente había sufrido en ese Estado por haber depositado un cheque sin cobertura financiera por la considerable suma de 413.000 dólares, un delito castigado en el Líbano en virtud del artículo 666 del Código Penal.
Tras la emisión de la orden de detención internacional, y la posterior aplicación de la notificación roja de Interpol, nuestro cliente fue detenido en España, donde se inició un procedimiento de extradición en su contra.
En este caso concreto, las autoridades judiciales españolas, tras estudiar el caso en profundidad, decidieron de no ordenar la entrega de nuestro cliente al Líbano, al no considerar que existiera el principio de doble incriminación del delito, principio según el cual, para ordenar la entrega de una persona en un procedimiento de extradición, es necesario que el hecho imputado sea considerado delito en ambos estados.
En este caso, por tanto, España consideró que la conducta imputada a nuestro cliente no podía ser considerada como delito en España ya que, en ausencia de elementos de los que pudiera inferirse al menos su carácter fraudulento, el pago de un cheque sin cobertura financiera no podía ser considerado como delito en la legislación española.
A la luz de estos supuestos, por tanto, tras ser detenido por la notificación roja Interpol en España, nuestro cliente fue puesto en libertad por las autoridades judiciales españolas que no procedieron a la entrega tras el procedimiento de extradición celebrado en dicho Estado.
Sin embargo, el hecho de que se hubiera dictado una sentencia contraria a la solicitud de extradición formulada por el Líbano contra nuestro cliente no solucionaba en absoluto su problema ya que, concretamente, la notificación roja Interpol seguía vigente y, por tanto, nuestro cliente seguía corriendo el riesgo de ser detenido de nuevo en caso de que se desplazara de España, con el consiguiente riesgo de reabrir el procedimiento de extradición en otro Estado.
Entonces, ¿cómo solucionamos el problema de nuestro cliente? Te lo explico a continuación.
Las razones por las que nuestro cliente recurrió a nosotros
Como te decía antes, el hecho de que las autoridades judiciales españolas se hubieran negado a entregar a nuestro cliente en el marco del procedimiento de extradición era ciertamente una buena noticia para él, pero no solucionaba en absoluto su problema ya que, si se trasladaba de España, seguía corriendo el riesgo de ser detenido de nuevo y, por lo tanto, seguía corriendo el riesgo de que se iniciara un nuevo procedimiento de extradición contra él con posible entrega al Líbano.
Comprenderá que se trataba de un riesgo que nuestro cliente ya no quería correr, por lo que se puso en contacto con nuestro bufete de abogados a fin de comprobar la posibilidad de solucionar definitivamente su problema, solicitando así la cancelación de la notificación roja Interpol.
Debe saber que existe un procedimiento mediante el cual es posible solicitar la cancelación de una notificación roja Interpol presentando una solicitud a la Commission for the control of Interpol’s files, que se encarga de verificar la validez de las notificaciones rojas de Interpol emitidas y que, una vez hecho esto, puede emitir una decisión sobre la cancelación de las notificaciones rojas de Interpol cuando éstas violen los derechos fundamentales de la persona, tal como se establece en la Declaración Universal de los Derechos Humanos o en el Estatuto o Reglamento de Interpol.
Una vez que se ha obtenido la cancelación de la notificación roja de Interpol, de hecho, la persona ya no corre el riesgo de sufrir una orden de arresto internacional, ya que su nombre ya no aparecerá en la lista de personas buscadas internacionalmente.
Si quieres más información sobre cómo solicitar la cancelación de una notificación roja de Interpol, o sobre cómo solicitar la suspensión de una notificación roja Interpol, te sugiero que leas estos artículos en los que te explicaré detalladamente cómo se estructura el procedimiento ante la Commission for the control of Interpol’s files para la suspensión o cancelación de la notificación roja.
Nuestra tesis defensiva
Una vez que nuestro cliente decidió contactar a nuestro bufete de abogados para solicitar la cancelación de la notificación roja Interpol, inmediatamente comenzamos a estudiar el caso en profundidad, considerando injusto que pudiera ser buscado internacionalmente por un hecho que, sobre la base de la ley de la mayoría de los estados del mundo, ni siquiera se consideraba un delito.
Como le dije antes, de hecho, las autoridades judiciales españolas habían rechazado la solicitud de extradición emitida por el Líbano precisamente por el hecho de que la emisión de un cheque sin cobertura financiera (en ausencia de elementos que pudieran sugerir la existencia de fraude), no podía considerarse como un delito en España.
Al mismo tiempo, debe saber que, con base en el artículo 83 del Reglamento de Tratamiento de Datos de Interpol, las notificaciones rojas de Interpol sólo pueden emitirse si «el delito en cuestión es un delito de derecho común de especial gravedad» y que no pueden ser decretadas en el caso de: «delitos cometidos con infracción de leyes o reglamentos de carácter administrativo o derivados de litigios privados, salvo que la actividad delictiva esté dirigida a favorecer un delito grave o se sospeche que está relacionada con la delincuencia organizada«.
La solicitud a la Commission for the control of Interpol’s files, de hecho, puso de manifiesto el hecho de que la conducta alegada contra nuestro cliente no se consideraba un delito en la mayoría de los estados del mundo, por lo que no tenía ningún sentido lógico su búsqueda a nivel internacional por un acto que ni siquiera podría considerarse un delito fuera del Líbano.
En confirmación de esta circunstancia, de hecho, se adjuntaba a nuestra solicitud de cancelación de la notificación roja de Interpol la sentencia dictada por las autoridades judiciales españolas que, habiendo descartado la existencia del delito de estafa en el caso de nuestro cliente, habían denegado su entrega en base a la solicitud de extradición del Líbano, al considerar que la conducta imputada a nuestro cliente no era considerada delito en España y que, por tanto, no se cumplía el requisito de la doble incriminación de su conducta.
También a la luz de esta circunstancia, de hecho, en la solicitud de cancelación formulada a la Comisión de Interpol, se destacó el hecho adicional de que la conducta imputada contra nuestro cliente en el Líbano ciertamente no podría ser considerada como una violación «de especial gravedad» ya que se trataba, en efecto, de una violación derivada de un litigio de carácter privado, en modo alguno relacionada con la delincuencia organizada.
Desde este punto de vista, la violación de los principios consagrados en el artículo 83 de las Normas de Interpol parecía absolutamente evidente ya que Líbano había emitido una orden de arresto internacional sobre la base de una condena penal por un hecho que, ciertamente, no podía ser considerado como un delito grave y que, en la mayoría de los estados del mundo, ni siquiera hubiera encontrado castigo.
La emisión de la notificación roja de Interpol, a pesar de haber existido una condena penal en el Líbano, era evidentemente una medida demasiado grave para nuestro cliente que, concretamente, en caso de traslado desde España, corría de nuevo el riesgo de ser detenido, sufriendo así un encarcelamiento injusto, y de ser entregado posteriormente a las autoridades libanesas.
Por lo tanto, parecía claro que su eventual arresto sería una medida completamente arbitraria y en total contradicción con los principios fundamentales consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Nuestra solicitud a la commission for the control of Interpol’s files
Una vez que tomamos conocimiento de que efectivamente se encontraba pendiente una notificación roja Interpol contra nuestro cliente, procedimos de inmediato a formular una solicitud de cancelación de la notificación roja con base en lo dispuesto en el Estatuto y Reglamento de Interpol.
En concreto, nuestra solicitud se dirigió a la Commission for the control of Interpol’s files, que, como les he dicho antes, es la encargada de decidir sobre la validez de las descripciones introducidas en el sistema de Interpol a partir de los informes de diversos Estados.
En la solicitud formulada a la Comisión se destacaron todos los aspectos que he enumerado anteriormente, a saber:
- el hecho de que la conducta alegada contra nuestro cliente no podría ser considerada como una estafa;
- el hecho de que la conducta impugnada, o sea la emisión de un cheque sin cobertura financiera, no fuera considerada delito en la mayoría de los estados del mundo;
- el hecho de que, sin embargo, no se trataba de un delito grave, derivando el mismo de una disputa de carácter privado que no tenía relación alguna con el mundo del crimen organizado.
A la luz de estos elementos, por lo tanto, se solicitó a la Commission for the control of Interpol’s files que procediera a la cancelación inmediata del nombre de nuestro cliente de los archivos de Interpol para evitar que el mismo fuera objeto de una nueva orden de arresto que, específicamente , seguramente habría sido completamente arbitrario.
La decisión de la commission for the control of Interpol’s files
La Commission for the control of Interpol’s files, después de haber estudiado a fondo el caso de nuestro cliente, decidió aceptar nuestra tesis de defensa y proceder a la cancelación de la notificación roja Interpol emitida sobre la base de la orden de arresto internacional emitida por el Líbano.
En apoyo de sus argumentos, la Comisión de Interpol declaró en los siguientes términos: «La Comisión está muy preocupada por el hecho de que los datos sobre el demandante que figuran en los ficheros de INTERPOL puedan no ser de interés para los fines de la cooperación policial internacional. De hecho, la Comisión considera que el caso concreto del demandante no cumple los criterios de «delito grave de derecho común«. La Comisión considera que estas consideraciones, en esencia, ponen en tela de juicio la medida en que la Difusión puede lograr su objetivo, en referencia a los artículos 35 y 82 del RDP«.
Una vez que finalmente se obtuvo la cancelación de la notificación roja de Interpol, nuestro cliente volvió a poder tener una vida normal, pudiendo volver a moverse libremente por el mundo sin correr el riesgo de ser arrestado nuevamente y tener que enfrentar un nuevo procedimiento de extradición.
La decisión de la Comisión para el control de los archivos de Interpol, de esta manera, evitó que se vulneraran los derechos fundamentales de nuestro cliente, permitiéndole finalmente de poder vivir una vida libre.
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