CÓMO OBTENER LA CIUDADANÍA ITALIANA

Sujetos:

CÓMO OBTENER LA CIUDADANÍA ITALIANA

Cómo obtener la Ciudadanía italiana. Legislación de referencia. Contacta Abogado Penalista en Italia aqui.

Abogado Ismaele Brancaccio

El reconocimiento de la ciudadanía italiana se rige por la ley n. 91 de 1992 y ademas por los Reglamentos de Ejecución n. 572/93 y n. 362/94.

El extranjero que haya contraído matrimonio con un ciudadano italiano o con una ciudadana italiana puede obtener la ciudadanía italiana, previa solicitud y aceptación de la misma por parte del Estado.

Requisitos establecidos por la ley.

Para obtener este estatus, se requieren algunos requisitos.

Veamos cuáles son.

Si durante el matrimonio no son nacidos niños, es necesario el requisito de la residencia de 24 meses en Italia, es decir, 2 años de connivencia con el ciudadano o con la ciudadana italiana.

Mientras que, si son nacidos hijos durante el matrimonio, el período de tiempo necesario se acorta a segun de los casos.

La ciudadanía italiana puede obtenerse incluso si la persona reside en el extranjero y, en particular, si han transcurrido por lo menos 18 meses desde el matrimonio (si durante el matrimonio nacieron hijos o fueron adoptados) o sea después de 36 meses a partir de la fecha del matrimonio si – al contrario de lo que se ha dicho- no nacieron hijos del matrimonio.

Es necesario, en todos los casos antes mencionados, que no haya ocurrido ninguna disolución, terminación o cancelación del matrimonio.

Además, no debe estar pendiente o en progreso un procedimiento de separación legal.

La obtención de la ciudadanía italiana por matrimonio no puede lograrse si el solicitante ha sido condenado por crímenes en Italia o en el extranjero (esto es solo por ciertos delitos y por ciertas condiciones previstas por la ley).

Si la solicitud de ciudadanía no ha sido rechazada dentro de dos años, el solicitante puede pedir al Tribunal competente que reconozca su derecho a obtener la ciudadanía Italiana por matrimonio (sentencia del Tribunal de Casación, Segunda Seccion, del 7 de julio de 1993, No. 4741).

El procedimiento para solicitar la ciudadanía.

La solicitud de ciudadanía puede ser enviada a la autoridad competente para la decisión.

Una vez que se ha identificado la autoridad competente, que varía a según de los casos específicos, la solicitud se puede enviar junto con:

un documento de identificación del solicitante;

los documentos formados por las autoridades del país de origen (Tarjeta de nacimiento y certificado penal);

el recibo del pago de la contribución requerida por la ley.

La solicitud es muy complicada y es recomendable obtener ayuda de un abogado especializado en el tema para no comprometer todo el procedimiento destinado a obtener la ciudadanía italiana.

Competencia para adoptar la disposición requerida.

La competencia para tomar decisiones con respecto al otorgamiento o no de la ciudadanía Italiana por matrimonio es de:

  1. El Prefetto para las solicitudes presentadas por extranjeros que residen legalmente en Italia;
  2. El Ministerio del Interior – Jefe del Departamento de Libertades Civiles y Inmigración – si el cónyuge extranjero tiene su residencia en el extranjero;
  3. El Ministro del Interior si hay razones relacionadas con la seguridad de la República.

Tiempo para obtener la ciudadanía

Las disposiciones legales prevén que el procedimiento para el reconocimiento de la ciudadanía debe concluirse perentoriamente dentro de los dos años posteriores a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente.

En el caso que durante el plazo de tiempo para la conclusión del procedimiento no se haya obtenido ninguna decisión, el solicitante podrá solicitar la intervención sustitutiva de otro responsable, identificado por la misma administración, que debe terminar, dentro de un plazo equivalente a la mitad de lo previsto inicialmente por la ley, el procedimiento a través de las estructuras competentes o con el nombramiento de un comisionado (artículo 2, párrafos 9 bis, 9 ter y 9 quater L. 241/1990, introducido por el artículo 1, párrafo 1, de la Ley 35/2012).

Adquisición de oficio de la documentación necesaria para obtener la ciudadanía italiana.

Las autoridades públicas italianas tienen la obligación de adquirir de oficio informaciónes, datos y documentos que ya están en la disponibilidad de la Administración Pública.

Por esta razón, el solicitante tiene la responsabilidad de proporcionar todos los elementos necesarios para obtener las informaciónes o los datos solicitados.

Por lo tanto, no es necesario exhibir ni presentar certificados que contengan informaciónes o datos ya en poder de la Administración Pública italiana, pero se puede solicitar que los mismos sean adquiridos de oficio.

Permiso de residencia temporal hasta que se complete el procedimiento.

Parece conveniente señalar que el Reglamiento de actuación de la Ley de Inmigración (DPR 394/99, y siguentes modificas) establece que cualquier persona que ha solicitado la ciudadanía italiana y está en espera de la conclusión del procedimiento, puede obtener un permiso de residencia a permanecer en Italia hasta el final del procedimiento para la obtención de la ciudadanía italiana.

Esta solicitud debe ser enviada a la Comisaria de Policía competente por medio de su abogado.

Casos anteriores decididos por el Juez Italiano.

La jurisprudencia del Tribunal de Casación muchas veces se ha pronunciado sobre la cuestión del reconocimiento de la ciudadanía italiana en relación con el vínculo matrimonial.
De acuerdo con la interpretación del Supremo Tribunal de Casación, Primera sección, 17 de enero de 2017, n. 969, entre las condiciones que impiden la adquisición de la ciudadanía italiana (sea en conformidad con el art. 5 de la Ley 91 de 1992, que en relación con las condiciones más rigurosas contenidas en la novela introducida por la Ley n. 94 de 2009), la «separación de facto» de los cónyuges no se cuenta.

Esto se debe porque las condiciones de impedimentos mencionadas no se pueden basar en cláusulas elásticas, sino que deben basarse – por el contrario – sobre requisitos de naturaleza puramente legales, predeterminados y no remitidos a una constatación de hecho por la autoridad administrativa.

El ciudadano extranjero casado con un italiano, por lo tanto, adquiere la ciudadanía italiana, incluso si en los dos años posteriores al matrimonio se produjo una separación de facto.

La separación, por lo tanto, no tiene que ser judicial: solo en este caso no se puede obtener la ciudadanía italiana.

Nuestra actividad legal.

El bufete de abogados Esposito & Brancaccio ofrece a sus clientes una experiencia comprobada en el sector de la inmigración y, en particular, puede obtener rápidamente la ciudadanía italiana sobre el requisito del vínculo matrimonial.

Nuestro trabajo es también de informar al cliente sobre los requisitos legales y los procedimientos a través de los cuales se puede obtener el derecho a la ciudadanía en la máxima transparencia y claridad del mandato profesional conferido.

En caso de que el derecho a la ciudadanía no sea reconocido inmediatamente por causa de la lentitud de la burocracia italiana, el bufete Esposito & Brancaccio tiene la competencia y la capacidad de asistir al cliente en los procedimentos judiciales y en las solicitudes al Juez competente que, una vez verificada la existencia de las condiciones prevedidas por la ley, evaluará la solicitud hecha en nombre de la persona asistida y inmediatamente otorgará la ciudadanía injustamente y retrasadamente negada por la Administración Pública.

La solicitud al Juez ordinario, a través de una apelación hecha a la perfección, acelera la práctica que permite a los asistidos de obtener, en poco tiempo, la ciudadanía Italiana.

    SOLICITA UNA PRIMERA LLAMADA GRATIS